Basta con saber que un derecho se garantiza, se hace sentir sin
necesidad de que el individuo lo conozca, no es admisible que un ciudadano
siempre tenga que poseer el conocimiento para la garantía del derecho, la
entidad que hace valer este derecho es la defensoría del pueblo.
En donde el que tenga recursos para pagar y algunas influencias puede
acceder sin problema alguno a todos los servicios necesarios, como bien
beneficia a pocos y perjudica a muchos.
- CALIDAD DEL SERVICIO DE SALUD
Por parte de los profesionales, la autonomía se pierde cuando la integración
vertical, como lo son las clínicas, ópticas y otras, induce a las aseguradoras
que presten directamente el servicio bajo un esquema mercantil de maximización
de ganancias. Algo importante por mencionar es que el profesional de la salud
atiende estrictamente la racionalidad de los costos, obteniendo máximo la rentabilidad
la empresa prestadora de servicio, desatendiendo la calidad de la atención.
- EQUIDAD EN EL SERVICIO DE SALUD
A pesar de que la reforma a la ley
100 ha sido exitosa en término de cobertura, pues casi el 90% de la población está
afiliada, no ha logrado corregir la inequidad en el acceso a los servicios.
En el caso de la región Caribe, a
pesar de que existe deficiencia en la calidad y cantidad de información sobre
el sector salud, se ha podido demostrar que transcurridos diez años de la
reforma, la falta de dinero sigue siendo un aspecto importante que limita el
acceso de la población perteneciente al régimen contributivo y subsidiado.
Por mandato de la constitución Nacional,
Colombia es un estado de derecho el que se debe propender a disminuir las
desigualdades en el acceso a los servicios fundamentales como la salud.
Al agente racional del mercado no le
importa si excluye al mas pobre, es decir, la lucha por el susidio genera
fracturas en el tejido social, esto es igual, al principio de no solidaridad.
- EFICIENCIA EN EL SISTEMA DE SALUD
Algunas EPS han presentado
insuficiencias e ineficiencias en la red de operaciones y servicios, entre las
que se incluye casos de corrupción y el rechazo de algunos pacientes por no
cumplir requisitos financieros o administrativos básicos, obligándolos a acudir
a otros centros de atención y a veces sufrir sucesivos rechazos que pueden
culminar con el fallecimiento de la persona sin recibir atención necesaria, lo
que se llama popularmente en Colombia como el ‘aseo de la muerte’.
El plan de beneficios, sobre todo el
definido hasta el 2009, era confuso. Impreciso y con limitaciones que han
causado que los usuarios tengan que acudir
ante los estrados judiciales para demandar tutela de su derecho a la
salud y de acceso a los servicios de salud, lo cual ha causado congestión en
estas instancias obligado a la corte constitucional a expedir u fallo
conminando al gobierno a solucionar los problemas del sistema.
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